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Hidrógeno renovable: ¿la solución a la transición energética limpia de la UE?

Energía - agosto 9, 2023

Los actos de la Comisión Europea sobre hidrógeno renovable han entrado oficialmente en vigor. Tras su publicación en el Diario Oficial y el transcurso del plazo de 20 días exigido, estos dos actos han entrado formalmente en vigor. Juntos definen las condiciones para que una fuente de energía se considere combustible renovable de origen no biológico (RFNBO) y establecen la metodología para calcular la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) de estos combustibles. En su forma actual, las leyes aportan una seguridad normativa muy necesaria para los inversores y, si se cumplen, pueden incentivar el aumento de la producción de energías renovables. No obstante, las derogaciones y excepciones previstas por la legislación limitan su utilidad potencial en la Transición Verde de la UE.

El 13 de febrero de 2023, la Comisión Europea adoptó los proyectos de leyes sobre hidrógeno renovable. Tras el periodo de investigación del Parlamento Europeo y el Consejo, se han publicado en el Diario Oficial el 20 de junio. Las dos leyes establecen las normas y definiciones de las RFNBO, centrándose en los combustibles a base de hidrógeno. El esfuerzo sigue el objetivo de la UE de alcanzar los 10 millones de toneladas de producción nacional de hidrógeno renovable y los 10 millones de toneladas de hidrógeno renovable importado tras su Plan REPower UE.

La primera ley define cuándo el hidrógeno, los combustibles a base de hidrógeno u otras fuentes de energía pueden considerarse una RFNBO. En este caso, el principio definitorio clave es la adicionalidad. El principio exige que la electricidad utilizada en la producción de hidrógeno se corresponda en el tiempo (criterio de correlación temporal) y en el espacio (criterio de correlación geográfica) con la misma cantidad de electricidad generada a partir de otras fuentes renovables. En otras palabras, que el proceso de electrólisis que genera hidrógeno debe estar siempre alimentado por fuentes renovables y, lo que es más importante, que la energía producida sea suficiente para igualar o aumentar las cantidades de energía renovable existentes, de modo que no reduzca la cantidad de energía renovable disponible en la red. La segunda Ley, fija una metodología para calcular las emisiones de GEI y el ahorro asociado de los RFNBO, estableciendo que el ahorro derivado del uso de estos combustibles debe ser de al menos el 70% en comparación con los combustibles a los que sustituyen.

En palabras de la Comisión, ambos actos aportan la tan necesaria seguridad normativa a los inversores y, posiblemente, aumentan los incentivos para su participación en la transición energética. Además, el énfasis que pone el principio de adicionalidad en igualar y aumentar el suministro actual de energías renovables permitirá que la producción de hidrógeno apoye la descarbonización y complemente los esfuerzos de electrificación, evitando al mismo tiempo ejercer presión sobre las fuentes de energía renovables existentes. Sin embargo, la legislación incluye derogaciones y excepciones que debilitan su potencial para facilitar la transición de la UE.

Su excepción relacionada con las redes de baja intensidad de carbono debilita el principio de adicionalidad y corre el riesgo de convertirse en un «lavado verde». La ley introduce una excepción especial por la que los países con un mix eléctrico bajo en carbono (los que emplean energía nuclear) pueden utilizar la energía renovable existente para producir hidrógeno -en lugar de tener que igualar o aumentar la cantidad de energía generada- siempre que demuestren que se ha utilizado un número equivalente de renovables. Según el grupo de reflexión European Environmental Bureau, esto conducirá probablemente a un aumento de los acuerdos de compra de energía (PPA), ya que las empresas optarán por recurrir a ellos en lugar de aumentar la producción de energías renovables para cumplir los requisitos. Esto aumentaría la demanda de energía fósil y nuclear en otros puntos de la red y, lo que es peor, permitiría el maquillaje verde de las empresas en lugar de aumentar la producción de energía renovable.

Para que la transición energética de la UE tenga éxito, las alternativas deben ser económicamente viables, eficientes y capaces de satisfacer la demanda energética. La legislación debe crear las condiciones necesarias para que alternativas como la energía del hidrógeno sean posibles. En su estado actual, la legislación recién presentada tiene un enorme potencial, pero con retos igualmente importantes que los responsables políticos deben afrontar.