Las organizaciones no gubernamentales (ONG) no reciben «poderes judiciales» formales en virtud de la nueva directiva anticorrupción de la UE, pero se les atribuyen nuevas funciones casi procesales que plantean interrogantes sobre la responsabilidad democrática y el equilibrio de poderes en el sistema judicial rumano. La noticia de que las ONG rumanas y las redes de comprobación de hechos «Declic» y «Funky Citizens» se han unido a un grupo de trabajo gubernamental sobre leyes de justicia ilustra cómo estas ONG pueden adquirir una influencia significativa sobre cómo se define, investiga y sanciona la corrupción, aunque su financiación y responsabilidad interna sean a menudo opacas.
El texto de compromiso de la directiva sobre la lucha contra la corrupción incluye un artículo específico sobre «los derechos del público interesado a participar en los procedimientos».
- El artículo 23 quinquies exige a los Estados miembros que concedan a las «personas afectadas o que puedan verse afectadas» y a las ONG «implicadas en la lucha contra la corrupción» derechos procesales adecuados en los procesos penales, siempre que existan derechos similares para otros delitos (por ejemplo, participación como parte civil).
- Esto significa que las ONG rumanas que cumplan los criterios de la legislación nacional podrían intervenir en juicios por corrupción, presentar pruebas, recurrir determinadas decisiones o reclamar daños y perjuicios, dependiendo de cómo Rumanía transponga estas disposiciones.
Legalmente, no se trata de poderes judiciales clásicos como los de los fiscales o los jueces, pero en la práctica acercan a las ONG al corazón de la justicia penal, con capacidad para dar forma a los casos, señalar las interpretaciones preferidas de la ley y ejercer presión sobre los magistrados.
La directiva también enmarca explícitamente a las «organizaciones independientes de la sociedad civil» y a las ONG como «guardianes esenciales» que ayudan a que los gobernantes rindan cuentas y promueven el respeto de los derechos fundamentales.
- Se ordena a los Estados miembros que «promuevan la participación de la sociedad civil, el mundo académico, las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones comunitarias en las actividades de lucha contra la corrupción».
- Los gobiernos también deben elaborar estrategias nacionales contra la corrupción «en consulta con la sociedad civil» y otras partes interesadas.
En Rumanía, el hecho de que ya miembros de las ONG Declic y Funky Citizens participen en un grupo de trabajo gubernamental sobre leyes de justicia es un ejemplo concreto de este nuevo modelo: Las ONG pasan de la crítica externa al papel de coautoras de la legislación que regirá a fiscales, jueces y procedimientos anticorrupción. Esto difumina la línea que separa la defensa cívica de la participación directa en la elaboración de leyes y en la justicia, especialmente cuando las organizaciones implicadas tienen perfiles ideológicos fuertes o financiación extranjera.
La directiva destaca las obligaciones de transparencia para los funcionarios públicos (declaraciones de bienes, normas sobre conflictos de intereses, transparencia en la financiación política), pero no impone obligaciones de transparencia comparables a nivel de la UE a las ONG que vayan a participar en organismos anticorrupción y en procesos penales.
En Rumanía, muchas ONG destacadas activas en cuestiones de justicia son conocidas por tener posturas progresistas o de izquierdas y dependen de redes de subvenciones transnacionales, que los ciudadanos de a pie no pueden fiscalizar fácilmente. Cuando se invita a estos grupos a formar parte de los grupos de trabajo del gobierno y, potencialmente, a comparecer ante los tribunales como partes, su legitimidad y sus fuentes de financiación no probadas pueden suscitar preocupación por la influencia externa indirecta sobre la política penal nacional.
La Constitución de Rumanía se basa en la separación de poderes entre el Parlamento, el Gobierno y el poder judicial, y los fiscales actúan bajo control legal y supervisión democrática. La propia directiva reconoce que los Estados miembros no están obligados a crear nuevos tribunales especializados, y que debe respetarse la autonomía nacional.
Sin embargo, varias características de la directiva ejercen presión sobre esta arquitectura:
- El requisito de permitir a las ONG y a los «miembros del público interesado» actuar en «interés general» en casos de corrupción corre el riesgo de crear una vía paralela de aplicación privada en un ámbito ya de por sí políticamente cargado.
- La incitación a suspender o reasignar a funcionarios públicos acusados de corrupción, aunque se siga presumiendo su inocencia, podría convertirse en un arma en un entorno mediático en el que las denuncias y campañas de las ONG impulsan la percepción pública.
Si Rumanía transpone ampliamente estas normas, los fiscales y jueces pueden encontrarse bajo una doble presión: las limitaciones institucionales formales y las campañas informales dirigidas por ONG con fuertes preferencias políticas.
Más allá de la dimensión de las ONG, la directiva propone varios instrumentos anticorrupción que encajan mal con la legislación y la práctica rumanas existentes.
- La directiva presiona para que se alarguen los plazos de prescripción y se endurezcan las penas máximas mínimas para una amplia gama de delitos relacionados con la corrupción, pero Rumanía tiene un historial de frecuentes cambios de las normas de prescripción e intervenciones del tribunal constitucional; los rígidos límites máximos de la UE pueden chocar con la reciente jurisprudencia constitucional sobre la previsibilidad y proporcionalidad de las sanciones penales.
- Se basa en gran medida en enfoques basados en la declaración de bienes, el enriquecimiento ilícito y los mecanismos de confiscación, dando por sentado que los datos administrativos son fiables y que las instituciones pueden procesar información financiera compleja; en Rumanía, años de escasez de fondos, verificación incoherente de los bienes y acciones disciplinarias politizadas contra los magistrados sugieren que estas herramientas pueden producir una aplicación selectiva en lugar de una disuasión coherente.
En un contexto en el que la confianza en los medios de comunicación es escasa y la sociedad civil está fragmentada, importar este modelo podría agravar la polarización: algunos ciudadanos verán las actuaciones judiciales como el brazo de una alianza entre ONG y burocracia, y no como una justicia neutral.