fbpx

Los fugitivos rumanos ya no pueden eludir la cárcel bajo la protección de otros Estados de la UE

Legal - septiembre 18, 2025

En la primera semana de septiembre, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictó una sentencia histórica que tiene repercusiones directas en Rumanía y otros Estados miembros de la UE. El tribunal europeo dictaminó que una orden de detención europea (ODE) no puede ignorarse ni convertirse en una mera formalidad, y que los Estados donde se refugian los fugitivos ya no pueden asumir la ejecución de la sentencia sin el consentimiento explícito del país que dictó la pena privativa de libertad. En otras palabras, España, Italia, Grecia o Francia ya no podrán ofrecer «refugio y seguridad» a los condenados rumanos con el pretexto de su reinserción social o de diferencias en las condiciones penitenciarias.

Esta decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea llega en un momento difícil para Rumania, donde el fenómeno de los fugitivos condenados ha crecido en la última década. Conocidas figuras de la política, la judicatura y el mundo empresarial han optado por abandonar el país poco antes o inmediatamente después de su condena definitiva, contando con la reticencia de algunos tribunales europeos a devolverlos a Rumanía para que cumplan sus penas. Los casos más sonados son los de Sorin Oprescu (ex alcalde de la capital de Rumanía que huyó a Grecia), Alina Bica (ex fiscal jefe de la DIICOT, prófuga en Costa Rica y posteriormente en Italia), Ionel Arsene (ex presidente del Consejo del Condado de Neamț, condenado por tráfico de influencias, huido a Italia) y Dragoș Săvulescu (empresario, también refugiado en Italia) llevan meses en las portadas de la prensa rumana, alimentando la percepción de que Rumanía no puede traer a sus criminales a casa para que cumplan sus penas de prisión.

¿Dónde empezó la disputa: el caso de un delincuente rumano detenido en Italia?

La sentencia del TJUE, dictada el 4 de septiembre de 2025, se basa en un caso que recibió escasa cobertura mediática. Un ciudadano rumano, condenado en noviembre de 2020 a más de cuatro años de cárcel por fraude, huyó a Italia. Se emitió una orden de detención europea contra el delincuente y, a finales de ese mismo año, fue capturado y detenido en territorio italiano. Desgraciadamente para la justicia rumana, los tribunales italianos se negaron a extraditarlo, argumentando que residía legalmente en Italia y que sería mejor que cumpliera allí su condena, bajo arresto domiciliario. En la práctica, la justicia italiana decidió reconocer la condena dictada en Rumania, pero adaptándola a sus propias normas: redujo el periodo de detención compensando los días ya pasados en prisión preventiva y ordenó que el resto de la condena se cumpliera en condiciones mucho más suaves (arresto domiciliario). Las autoridades judiciales rumanas protestaron, considerando que la orden de detención europea seguía en vigor y que el delincuente debía ser devuelto al país para cumplir su condena. El conflicto de interpretación jurídica entre Rumanía e Italia llegó al TJUE a través de una remisión del Tribunal de Apelación de Bucarest.

¿Qué ha dicho el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en respuesta a la remisión de Rumanía? La respuesta de Luxemburgo es inequívoca: un Estado miembro sólo puede asumir la ejecución de una condena si cuenta con el consentimiento expreso del Estado que dictó la orden de detención. Cualquier otra solución socavaría los principios fundamentales de la cooperación judicial europea. Entre otras cosas, el TJUE subrayó que la orden de detención europea no es un mero instrumento burocrático, sino un procedimiento judicial destinado a garantizar la rápida entrega de las personas condenadas o investigadas penalmente. Este procedimiento se basa en la confianza y el reconocimiento mutuos entre los Estados miembros, y la negativa a ejecutar dicha orden es una excepción que debe estar estrictamente justificada.

En concreto, los jueces europeos han dictaminado que: las autoridades del Estado en el que se encuentra el fugitivo deben entregar al condenado, salvo en situaciones claramente reguladas por la legislación europea; si la condena debe ejecutarse en el Estado de refugio, esto sólo es posible con el consentimiento explícito del país que dictó la condena; sin la transmisión de la condena y el certificado correspondiente, la ejecución en otro Estado es ilegal; el principio de reinserción social, invocado a menudo por los tribunales extranjeros, no puede prevalecer sobre la obligación de cumplir la ODE. Así pues, la decisión del 4 de septiembre tiene efecto retroactivo y afecta directamente a los casos en los que países como Grecia e Italia se han negado hasta ahora a devolver a famosos fugitivos.

La «ley de fugitivos» y los esfuerzos de Rumanía para combatir el fenómeno. No se trata de un asunto menor para el Estado rumano. Según representantes de la Policía rumana, actualmente hay más de 4.000 personas que eluden las penas de prisión. Desde altos funcionarios corruptos a gánsteres y empresarios controvertidos, muchos han encontrado un cómodo refugio en países europeos con una legislación más indulgente.

Para limitar este fenómeno, en marzo de 2023 entró en vigor la llamada «Ley de Fugitivos», que prevé penas adicionales de hasta tres años para los delincuentes que se nieguen a presentarse en prisión tras ser condenados. Aunque la ley fue impugnada ante el Tribunal Constitucional rumano por considerar que violaba derechos fundamentales, el TC rechazó la demanda y declaró que la ley era conforme con la Constitución rumana. Además, en mayo de 2024, el Parlamento aprobó otra norma legislativa: los fugitivos devueltos a expensas del Estado rumano deben correr con los gastos de los procedimientos de extradición. Los costes de los procedimientos de extradición no son en absoluto insignificantes. Según el Ministerio de Justicia, traer de vuelta del extranjero a una persona condenada puede costar desde unos pocos miles hasta 25.000 euros. Estadísticamente, sólo en 2023, Rumanía gastó casi dos millones de euros en repatriar fugitivos.

Ejemplos famosos de prófugos rumanos y decisiones controvertidas de tribunales europeos. Hay numerosos casos sonados de fugitivos condenados, que han causado frustración entre la opinión pública. El ex alcalde de Bucarest, Sorin Oprescu, huyó a Grecia, donde los tribunales griegos se negaron a extraditarlo en 2022 alegando condiciones de detención inadecuadas en Rumanía. Alina Bica, ex directora de la DIICOT, escapó de prisión después de que las autoridades italianas se negaran a enviarla de vuelta a Rumania, alegando riesgos relacionados con los derechos fundamentales. Ionel Arsene, ex presidente de la Diputación de Neamț, se benefició en 2025 de la protección de los tribunales italianos, que rechazaron definitivamente su extradición. Dragoș Săvulescu, empresario condenado en el caso de la restitución, cumplió una condena «adaptada» en Italia y posteriormente fue detenido y puesto en libertad en Grecia. «Pablo de Rumanía» (Paul Philippe) se benefició de decisiones favorables en Francia y Malta, al negarse ambos Estados a extraditarlo en el caso de la «Granja Băneasa». Estas decisiones han tensado las relaciones diplomáticas de Rumania con otras capitales europeas y han suscitado dudas sobre la eficacia del mecanismo europeo de cooperación judicial.

Impacto de la sentencia del TJUE en Rumanía

Las autoridades de Bucarest consideran la decisión del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas una gran victoria. El Ministerio de Asuntos Exteriores acogió con satisfacción la sentencia del TJUE, destacando que confirma la posición de Rumanía en Luxemburgo y allana el camino para la aplicación uniforme de las órdenes de detención en toda la Unión Europea.

Según la ministra Oana Țoiu, se trata de «una buena noticia para Rumanía, pero una mala para los delincuentes de alto nivel que pensaban que podrían encontrar un refugio cómodo en otros Estados miembros». La ministra de Asuntos Exteriores declaró también que la sentencia pone fin a la práctica por la que los tribunales extranjeros convertían las penas de prisión dictadas por los tribunales rumanos en arrestos domiciliarios o suspensiones encubiertas. A largo plazo, Rumanía podrá invocar esta jurisprudencia en todos los procedimientos de extradición pendientes. Además, la decisión podría provocar un cambio de actitud en países como Italia, España y Grecia, donde las denegaciones de extradición han sido frecuentes.

Más allá del caso rumano, la sentencia del TJUE sienta un precedente para todos los Estados miembros de la UE y proporciona un modelo de cooperación judicial reforzada a escala europea. Reafirma una vez más los principios básicos del espacio común de justicia: la confianza mutua, el respeto del Estado de Derecho y la obligación de ejecutar las órdenes de detención europeas. En un momento en que algunos Estados cuestionan el funcionamiento de los mecanismos comunes, la decisión envía una señal firme: La justicia europea no puede fragmentarse según criterios de conveniencia política o simpatía por un acusado concreto. Además, el TJUE ha demostrado que, aunque cada Estado tenga sus propias políticas penales y normas de reinserción social, éstas no pueden utilizarse para eludir las normas comunes. Sólo el cumplimiento de los procedimientos y la obtención del consentimiento del Estado de emisión permiten ejecutar la sentencia en otro Estado miembro.

¿Estamos asistiendo al fin del «turismo judicial» para los prófugos?

Basándose en el régimen de alternativas a la detención y en la práctica judicial, Italia, Francia y Grecia se consideran los países «más permisivos» de la UE. La palabra «permisivo» puede considerarse un término relativo porque algunos países aplican con frecuencia medidas alternativas para penas cortas, mientras que otros son reacios pero pueden denegar la extradición por motivos de derechos fundamentales. En Italia, por ejemplo, ha habido reformas recientes y planes amplios de utilizar medidas alternativas para aliviar el hacinamiento en las prisiones. Está bien documentada la práctica de sustituir o adaptar las penas con medidas alternativas: arresto domiciliario, semilibertad, libertad condicional, posibilidad de convertir penas relativamente cortas mediante un conjunto de mecanismos judiciales. El sistema judicial francés tiene un porcentaje significativo de personas bajo vigilancia/probación. Por eso Francia utiliza diversas medidas alternativas y ha desarrollado servicios de libertad condicional, que crean oportunidades para una ejecución «más fácil» en determinadas situaciones. Según los datos estadísticos, Grecia tiene un nivel muy bajo de personas en libertad condicional en comparación con otros países de la UE. Esto indica que hay menos medidas alternativas. Sin embargo, la dificultad práctica se deriva del hecho de que los tribunales griegos invocan con frecuencia los derechos fundamentales y las condiciones de detención en el Estado emisor para denegar la entrega, con el resultado de una protección efectiva de los fugitivos. En otras palabras, Grecia no es «permisiva» en su legislación sobre medidas alternativas a la ejecución de las penas, pero puede ser «protectora» con las personas de otros países.

Es bien sabido que los tribunales de algunos estados examinan no sólo la existencia de una orden de detención europea, sino también las condiciones de detención y los riesgos de violación de los derechos fundamentales si la persona fuera entregada a las autoridades que emitieron la orden de detención. Si se denuncian problemas como el hacinamiento en las cárceles o las malas condiciones, la entrega puede ser rechazada o aplazada por el Estado al que ha huido el condenado. En algunos países, como Italia y, en cierta medida, España, los tribunales pueden reconocer una sentencia extranjera y decidir que la condena se cumpla aquí de forma menos severa, como arresto domiciliario o trabajos comunitarios.

Por eso, como ya se ha dicho, la sentencia del TJUE de principios de este mes marca un punto de inflexión en la lucha de Rumanía contra los fugitivos. Hasta ahora, políticos influyentes y empresarios controvertidos habían conseguido escapar de las cárceles rumanas refugiándose en países más indulgentes, pero a partir de ahora esto será mucho más difícil. Los tribunales europeos ya no podrán adaptar, ni siquiera modificar, las penas a su antojo, ni decidir unilateralmente que una condena debe cumplirse «en condiciones más benignas» en su territorio. Rumania, como Estado emisor, tendrá la última palabra sobre cómo cumplirá su condena un condenado. Queda por ver con qué rapidez surtirá efecto esta decisión en casos ya controvertidos y hasta qué punto estarán dispuestos a cumplir las nuevas normas los Estados de la UE que han rechazado extradiciones en el pasado. Lo que es seguro es que para quienes soñaban con una «detención cómoda» en el extranjero, la decisión de Luxemburgo es una pésima noticia.